CÓDIGO ÉTICO PROFESIONAL
Ser socia/o de la Asociación de Organizadores Profesionales de España (AOPE) implica asumir una serie de requisitos mínimos obligatorios que regulan nuestra actividad y proyectan una imagen de profesionalidad, transparencia y responsabilidad hacia nuestros clientes, los compañeros de profesión y las comunidades en las que ofrecemos los servicios.
Este Código Ético Profesional es de firma obligatoria para todos los socios y su cumplimiento constituye un requisito para la permanencia activa en la asociación.
Hacia nuestros clientes
● Confidencialidad: Respetar estrictamente la confidencialidad de los datos personales y profesionales de nuestros clientes, conforme a la Ley Orgánica de Protección de Datos y Garantía de Derechos Digitales (LOPDGDD, 3/2018) y el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD, UE 2016/679).
● Transparencia en la información: Proveer siempre información veraz sobre nuestra capacitación profesional, experiencia y certificaciones en todas las comunicaciones promocionales y profesionales.
● Competencia profesional: Asumir únicamente proyectos para los que estamos cualificados y, cuando sea necesario, derivar a nuestros clientes a otros profesionales con la experiencia adecuada.
● Claridad contractual: Comunicar previamente todos los términos y condiciones del servicio, incluyendo tarifas, políticas de cancelación, gastos adicionales y metodología de trabajo, de forma comprensible y accesible.
● Divulgación de incentivos: Informar previamente de cualquier compensación o beneficio económico, ya sea directo o indirecto, obtenido a través de recomendaciones, colaboraciones o acuerdos con terceros.
● Gestión responsable de descartes: Gestionar adecuadamente materiales sobrantes, reciclables, confidenciales o peligrosos, recurriendo a servicios especializados cuando la normativa lo exija (ej. normativa de residuos peligrosos, Real Decreto 180/2015).
Hacia los compañeros de profesión
● Respeto profesional: Respetar la cartera de clientes y los proyectos en curso de otros organizadores profesionales, evitando la competencia desleal.
● Propiedad intelectual: Respetar los derechos de autor y propiedad intelectual sobre publicaciones, imágenes, logos y materiales digitales de otros socios. El uso no autorizado puede acarrear sanciones, incluyendo la expulsión.
● Colaboración y ética: Fomentar un clima de colaboración y buen comportamiento profesional, reportando irregularidades de manera confidencial a la junta directiva de AOPE para su gestión.
Hacia la asociación y la profesión
● Cumplimiento legal: Estar al corriente de las obligaciones legales, fiscales y reglamentarias aplicables en España o del país en el que ofrece los servicios.
● Desarrollo profesional: Participar en actividades de formación continua, cursos, certificaciones y eventos profesionales que mejoren la práctica y el desempeño profesional.
● Difusión responsable: Contribuir a la promoción ética y profesional de la actividad de los organizadores profesionales en medios físicos y digitales, protegiendo la imagen de AOPE y de los socios. Informar en privado al compañero o a la junta directiva de cualquier irregularidad que comprometa la imagen de la profesión, de la asociación o de cualquier otro socio, de manera que AOPE pueda actuar oficialmente.
● Actuar como embajadora: Representar responsablemente a AOPE ante clientes y terceros, sin asumir representaciones oficiales salvo los miembros de la junta directiva.
● Uso correcto del sello de socia/o AOPE: Incluir en webs, blogs y redes sociales el sello vigente de AOPE con enlace a la página oficial, respetando siempre las directrices de branding y comunicación de la asociación.
● Uso del logo de AOPE: No está permitido el uso del logo de AOPE por parte de los socios en ningún medio, digital o papel, salvo autorización previa por escrito.
Procedimiento de reclamaciones y sanciones
La Asociación de Organizadores Profesionales de España (AOPE) certifica la adhesión al Código Ético Profesional de sus miembros, pero no garantiza ni supervisa la situación legal, fiscal o profesional individual de cada organizador/a. Cada socia/o es responsable de su propia actividad y cumplimiento normativo. AOPE ofrece una vía oficial de reclamación ante incumplimientos del Código Ético Profesional. La junta directiva evaluará cada caso de manera objetiva y podrá imponer sanciones que incluyen advertencias, suspensión temporal o expulsión de la asociación.

